Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de 27 de diciembre de 2019 el Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
Esta modificación del Código técnico de la Edificación viene sonando desde hace algún tiempo cuando el 29 de junio de 2018 se publicó un primer borrador y se produjeron una ronda de consultas y alegaciones. Ésta modificación se preveía también debido a la Directiva Europea 2010/35 de 19 de mayo de 2010, en la cual se exige a todos los estados miembros, a que sus edificios de nueva construcción fueran de consumo casi nulo poniendo fecha límite el 31 de Diciembre de 2020.
La Directiva dejaba en el aire que se consideraba como edificio de consumo energético casi nulo. Puesto que no marcaba ni parámetros ni límites, dejando a los estados miembros que decidieran que entendían ellos por edificio de consumo de energía casi nulo y redactasen normativa al respecto.
En la nueva versión del CTE-HE se introduce el término de Edificio de consumo casi nulo, entendiéndose como tal, el edificio que cumpla con las exigencias definidas en el documento. Analizando el documento se puede observar que las exigencias con respecto a la anterior versión aumentan alcanzando un nivel similar a los países referentes a nivel europeo.
CTE-HE0 Limitación de consumo energético
Una de las modificaciones principales es la limitación de consumo energético en los edificios, reduciendo aproximadamente un 40% el consumo límite establecido en la actualidad. De esta manera se fomenta la incorporación de energías renovables que sustituyen a las energías primarias no renovables.
Límite consumo energía primaria no renovable anterior
Límite consumo energía primaria no renovable actual
Se añade una limitación inexistente en la anterior versión, que hace referencia al consumo total de energía primaria.
Límite consumo energía primaria total
CTE-HE1 Condiciones para el control de la demanda energética
En esta sección del documento se modifican los límites de transmitancia térmica que deben tener los elementos de la envolvente térmica.
Transmitancia térmica límite de elementos de la envolvente anterior
Transmitancia térmica límite de elementos de la envolvente actual
El anterior CTE limitaba el valor de la demanda de calefacción y refrigeración en edificios residenciales y la demanda conjunta para otros usos conforme a la tabla 2.1 en función de la zona climática.
Este requisito ha sido sustituido por el Coeficiente global de transmisión de calor K a través de la envolvente, que ya existía en las normativas anteriores al CTE, este valor también se calculará en función de la zona climática y la compacidad del edificio en W/m²K. Ademas se introduce un parámetro que mide la efectividad de los dispositivos de control solar: qsol;jul,lim de la envolvente térmica tomando el mes de julio cómo referencia.
Coeficiente Global de transmisión de calor límite K
Control solar límite de la envolvente
CTE-HE4 Contribución mínima de energía renovable para cubrir la demanda de agua caliente sanitaria
En esta sección se modifican las aportaciones solares mínimas para la producción de ACS sin distinguir entre zonas climáticas como lo hacía el anterior documento. Y exige el aporte mediante el siguiente texto
" La contribución mínima de energía procedente de fuentes renovables cubrirá al menos el 70% de la demanda energética anual para ACS y para climatización de piscina, obtenida a partir de los valores mensuales, e incluyendo las pérdidas térmicas por distribución, acumulación y recirculación. Esta contribución mínima podrá reducirse al 60% cuando la demanda de ACS sea inferior a 5000 l/d. "
También añade el método de justificación para considerar la aerotermia como energía renovable para aplicación como generadora de ACS, y poder sustituir a la energía solar térmica.
Mediante estas modificaciones en la normativa se pretende mejorar la calidad y el confort de nuestras construcciones. Y a la vez reducir las emisiones de CO2, haciendo del sector de la construcción, un sector menos agresivo con el medio ambiente y más sostenible.
Por estos motivos desde E. Esteban Asesoría Energética estamos encantados de estas noticias y siempre apoyaremos cualquier iniciativa que mejore nuestros edificios y respete el medio ambiente.
Sabemos que estos cambios normativos afectarán y no poco a la manera de trabajar de los despachos de arquitectura, ingeniería, promotoras, proveedores etc. Pero hay que reflexionar y pensar que mejorar la calidad de nuestros productos y ser respetuoso con el medio ambiente es un trabajo duro pero siempre gratificante.
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